‘Exceden la autoridad delegada por el Congreso’ – El Financiero


La Suprema Corte de los Estados Unidos asestó un revés jurídico a la política comercial del presidente Donald Trump: anuló los aranceles al determinar que la Ley de Poderes Económicos en Emergencias Internacionales (IEEPA, por sus siglas en inglés) no le otorga facultades para imponer estas tarifas de manera unilateral, incluso bajo una declaratoria de emergencia nacional.

El máximo tribunal sostuvo que los aranceles aplicados por la Casa Blanca (tanto los vinculados al combate al tráfico de drogas como los denominados “recíprocos” frente a déficits comerciales) exceden la autoridad delegada por el Congreso y vulneran el diseño constitucional que reserva al Poder Legislativo la potestad tributaria.

“El Presidente debe señalar una autorización clara del Congreso para justificar esta extraordinaria afirmación de poder. No puede hacerlo”, escribió el presidente del tribunal, John Roberts, en la opinión mayoritaria.

El eje de la controversia fue si la IEEPA, promulgada en 1977, permite al presidente Donald Trump “regular la importación” en términos que incluyan la imposición de aranceles.

El Gobierno defendió que las palabras “regulate” e “importation” contenidas en la Sección 1702(a)(1)(B) de dicha ley implicaban una delegación amplia que habilitaba al Presidente a fijar tarifas sin límites de monto, duración o alcance geográfico.

‘Aranceles de Trump son una rama del poder tributario’: Corte Suprema de EU

La Corte de EU rechazó esa interpretación. Recordó que el Artículo I, Sección 8, de la Constitución establece que el Congreso tiene el poder de “establecer y recaudar impuestos, derechos, contribuciones y gravámenes”, lo que incluye de forma inequívoca los aranceles.


“El poder de imponer aranceles es claramente una rama del poder tributario”, subrayó el tribunal, citando precedentes históricos.

Además, enfatizó que los Fundadores no otorgaron al Ejecutivo ninguna porción de esa potestad fiscal y que, cuando el Congreso ha delegado facultades arancelarias, lo ha hecho mediante términos explícitos, con límites cuantitativos, temporales y procedimentales precisos.

En contraste, la IEEPA no menciona “tarifas” ni “derechos aduaneros”, sino que faculta al Presidente a investigar, bloquear, regular o prohibir transacciones relacionadas con propiedad extranjera frente a “amenazas inusuales y extraordinarias”.

Para la mayoría, equiparar “regular” con “imponer impuestos” implicaría ocultar una cesión de la “facultad originaria de gravar” dentro de un término ordinario, algo que consideró jurídicamente insostenible.

En respuesta, el presidente Donald Trump anunció el sábado que elevará del 10 al 15 por ciento el arancel global que había decretado apenas el viernes, en un intento por mantener viva su estrategia comercial ahora bajo otro fundamento jurídico.

El viernes, horas después del fallo de la Suprema Corte de Estados Unidos, Trump comunicó que impondría un arancel general de 10 por ciento apelando a las facultades presidenciales previstas en la Sección 122 de la Ley de Comercio, mecanismo distinto a la IEEPA y que permite tarifas de hasta 15 por ciento, aunque con carácter temporal y sujetas a la aprobación del Congreso después de 150 días.

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(Especial)

Empresas celebran

Neil Bradley, vicepresidente ejecutivo y director de políticas de la Cámara de Comercio de los Estados Unidos, sostuvo que el fallo introduce un respiro para el aparato productivo.

“Es una buena noticia. Durante el último año, la Cámara ha estado trabajando con pequeñas y medianas empresas de todo el país que han experimentado aumentos significativos de costos e interrupciones en la cadena de suministro como resultado de estos aranceles”, dijo Bradley.

Kenneth Smith, exjefe negociador del T-MEC, explicó que los aranceles decretados este fin de semana beneficiarán a México y Canadá “ya que nuestras exportaciones que cumplen con el T-MEC permanecerán libres de aranceles”, escribió en redes sociales.

En este contexto, Pedro Canabal, socio de comercio exterior e impuestos en la firma Baker Tilly, afirmó que “esta decisión de la Suprema Corte de Estados Unidos le regresa el timón arancelario al Congreso de Estados Unidos, y frena la idea de que un Presidente, por decretazo de emergencia, pueda imponer aranceles masivos a países como México, Canadá o China sin límites claros”.

En particular, subrayó que “para México y el T-MEC es una buena noticia en términos de certidumbre jurídica: los aranceles ya no se pueden mover por la vía rápida de emergencias económicas, sino por los cauces legales y políticos formales que estableció el propio Congreso estadounidense”.

Por su parte, Aristeo López, abogado de Clark Hill PLC, advirtió que el frente legal apenas comienza para muchos importadores que buscan un reembolso.

“Los importadores estadounidenses deben inventariar rápidamente la exposición a los derechos de la IEEPA, identificar los plazos de liquidación, actualizar su información bancaria electrónica y considerar unirse a las numerosas demandas protectoras del CIT para buscar un alivio arancelario por orden judicial”, recomendó el experto.



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